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- Tabla de salario mínimo por sector
- ¿El salario mínimo es bruto o neto?
- Ejemplo para comercio y servicios
- ¿Cuánto queda neto con cada salario mínimo?
- ¿Pueden pagarte menos del mínimo?
- Lo que debes revisar en tu planilla
- Salario mínimo y otras prestaciones
- ¿Qué hacer si te pagan menos?
- Una oferta mensual frente al mínimo de su sector
- Haz la comprobación
- Qué puede cambiar
- Preguntas frecuentes
- ¿El salario mínimo subió en 2026?
- ¿Comercio y servicios tienen el mismo mínimo?
- ¿El mínimo incluye horas extra?
- ¿Me pueden descontar AFP e ISSS si gano el mínimo?
- Fuentes oficiales
Respuesta rápida: el salario mínimo mensual de referencia en 2026 es US$408.80 para industria, comercio y servicios; US$402.32 para maquila textil y confección; US$305.23 para recolección de caña y beneficios de café; y US$272.53 para recolección de café, sector agropecuario, pesca y otras actividades agrícolas.
Estos montos entraron en vigor el 1 de junio de 2025. La referencia normativa es el Decreto Ejecutivo No. 11, reformado por el No. 12. El salario mínimo depende del sector donde trabajas: no existe una sola cantidad para todas las actividades.
Tabla de salario mínimo por sector
| Sector | Mensual | Por jornada diaria |
|---|---|---|
| Industria, comercio, servicios, ingenios azucareros y agroindustria | US$408.80 | US$13.440 |
| Maquila textil y confección | US$402.32 | US$13.227 |
| Recolección de caña de azúcar y beneficios de café | US$305.23 | US$10.035 |
| Recolección de café, agropecuario, pesca y otras actividades agrícolas | US$272.53 | US$8.960 |
El decreto publica por separado la tarifa mensual y la tarifa por jornada diaria. No sustituyas la cifra mensual por el salario diario multiplicado por 30: el propio decreto indica que el mínimo mensual se paga indistintamente del número de días del mes. La tarifa diaria también sirve como referencia para ciertas prestaciones y topes legales.
La actividad real del empleador y el trabajo que realizas ayudan a determinar el sector aplicable. Si tienes dudas, revisa tu contrato, la actividad económica registrada y consulta al Ministerio de Trabajo.
¿El salario mínimo es bruto o neto?
El salario mínimo anunciado es un monto bruto. Todavía pueden aplicarse AFP e ISSS. El ISR depende de la base gravada; con los mínimos de la tabla, la base ordinaria suele quedar dentro del tramo mensual sin retención.
Ejemplo para comercio y servicios
Con un salario bruto de US$408.80:
- AFP del trabajador: aproximadamente US$29.64;
- ISSS del trabajador: aproximadamente US$12.26;
- base gravada: aproximadamente US$366.90;
- ISR ordinario estimado: US$0;
- neto estimado: US$366.90.
El resultado puede cambiar por horas extra, ausencias, comisiones u otros descuentos. Puedes comprobarlo en la calculadora de salario neto.
¿Cuánto queda neto con cada salario mínimo?
Como referencia para un trabajador ordinario en planilla, estas cifras restan AFP del 7.25% e ISSS del 3%. La base resultante queda por debajo del tramo mensual de ISR con retención. Son estimaciones con cotizaciones redondeadas a centavos, sin otros ingresos o descuentos.
| Mínimo bruto | AFP | ISSS | Neto estimado |
|---|---|---|---|
| US$408.80 | US$29.64 | US$12.26 | US$366.90 |
| US$402.32 | US$29.17 | US$12.07 | US$361.08 |
| US$305.23 | US$22.13 | US$9.16 | US$273.94 |
| US$272.53 | US$19.76 | US$8.18 | US$244.59 |
Si te pagan por quincena, consulta el cálculo de salario neto mensual y quincenal; un depósito individual no permite comprobar por sí solo el mínimo mensual.
¿Pueden pagarte menos del mínimo?
Una persona contratada a tiempo completo en una actividad cubierta no debería recibir menos de la tarifa que corresponde a su sector. Un contrato o acuerdo interno no puede reducir un derecho mínimo.
En jornadas parciales, trabajo por unidad, semana o día, el análisis requiere revisar la jornada y la tarifa legal equivalente. No basta con comparar un depósito aislado contra la cantidad mensual.
Lo que debes revisar en tu planilla
- Sector correcto: comercio, industria, maquila o actividad agrícola.
- Jornada: confirma si el contrato es de tiempo completo o parcial.
- Salario bruto: compáralo antes de descuentos.
- Horas extra: deben aparecer separadas del salario ordinario.
- Descuentos: AFP e ISSS no reducen el salario bruto pactado; explican la diferencia con el neto.
Salario mínimo y otras prestaciones
El salario mínimo también sirve como referencia para topes o cálculos legales. La prestación por renuncia voluntaria usa un límite relacionado con el salario mínimo diario del sector. Por eso la calculadora de renuncia e indemnización permite seleccionar el sector y ajustar el importe diario. Algunas indemnizaciones del sector público emplean múltiplos del mínimo mensual.
El aguinaldo y las vacaciones se calculan con el salario que corresponda a la persona, no agregando el salario mínimo como un bono separado. Consulta la guía de aguinaldo y la de vacaciones con bono del 30%. Para un puesto pagado por horas, revisa cómo convertir el salario mensual a valor diario y horario.
¿Qué hacer si te pagan menos?
Guarda contrato, boletas, comprobantes bancarios y control de asistencia. Primero puedes solicitar una explicación escrita al empleador. Si el problema continúa, el Ministerio de Trabajo ofrece orientación y mecanismos de inspección o denuncia.
Evita firmar recibos con cantidades que no reconoces sin pedir una copia y entender el detalle.
Una oferta mensual frente al mínimo de su sector
Situación: Una postulante escucha una cifra de salario y la compara con una tabla que vio en redes. La primera pregunta no es si supera «el mínimo» en abstracto, sino qué actividad económica y categoría corresponden al puesto según el decreto vigente. Después debe aclarar si la cifra ofrecida es salario bruto mensual para la jornada pactada o un neto estimado. Una propina incierta, reembolso de transporte o bono condicionado no debería usarse sin análisis para justificar una base menor.
Haz la comprobación
Identifica el sector de la empresa y la jornada; busca la fila correspondiente en la fuente oficial del artículo. Anota salario base pactado y revisa boleta o contrato para separar fijo, variables y descuentos de ley. Si se paga semanal o quincenal, compara períodos equivalentes antes de concluir que el mes quedó corto. Cuando cambien las tasas, guarda el decreto y la fecha de vigencia: una boleta anterior no se juzga con una tabla posterior. Solicita explicación si la categoría aplicada no coincide con la actividad real.
Qué puede cambiar
El salario mínimo suele publicarse como referencia bruta, no como dinero libre después de AFP, ISSS o renta. Puede haber diferencias por jornada parcial o períodos incompletos, que requieren revisar horas y días realmente trabajados. Un convenio individual no puede simplemente reemplazar la protección legal; por otro lado, una empresa puede pagar más del mínimo. No extrapoles el monto de comercio a agricultura u otros rubros sin revisar la clasificación.
Idea clave: Compara la misma unidad de tiempo y el mismo sector. Si detectas una diferencia persistente, pide el desglose de salario base y conserva contrato y boletas para consultar al MTPS. Esta página explica el método; la tabla oficial determina el importe aplicable.
Preguntas frecuentes
¿El salario mínimo subió en 2026?
La actualización que seguía como referencia al revisar esta guía es la que entró en vigor el 1 de junio de 2025. Si se publica un decreto posterior, los montos deberán actualizarse.
¿Comercio y servicios tienen el mismo mínimo?
Sí. La tarifa mensual indicada para industria, comercio y servicios es US$408.80.
¿El mínimo incluye horas extra?
No. El salario mínimo cubre la jornada ordinaria. El trabajo extraordinario se calcula aparte.
¿Me pueden descontar AFP e ISSS si gano el mínimo?
Sí. El mínimo se expresa como salario bruto y las cotizaciones legales se aplican según corresponda.
Fuentes oficiales
- Ministerio de Trabajo: aprobación del incremento y montos por sector.
- Decreto Ejecutivo No. 11 reformado por el No. 12: tabla mensual y diaria por sector.
Última revisión editorial: 17 de septiembre de 2026. Confirma cualquier nueva tarifa en el MTPS o el Diario Oficial.