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- ¿Cuánto dura el período de prueba?
- ¿Qué pasa al terminar los 30 días?
- Derechos durante el período de prueba
- ¿Pueden despedirte sin indemnización?
- Ejemplo práctico
- Señales de alerta
- Preguntas frecuentes
- ¿El período de prueba es obligatorio?
- ¿Pueden extender la prueba a tres meses?
- ¿Pueden ponerte otra vez a prueba?
- ¿Debes recibir constancia al terminar?
- Fuentes oficiales consultadas
Respuesta rápida: el período de prueba laboral en El Salvador puede pactarse para los primeros 30 días de un contrato individual. Durante ese plazo cualquiera de las partes puede terminar el contrato sin expresar causa. Debe existir un contrato real: el trabajo se paga y el período no autoriza empleo gratuito ni elimina los derechos ya devengados.
“Primero trabaja un mes y después vemos si te contratamos” es una frase que puede causar confusión. El Código de Trabajo no crea un mes fuera de la relación laboral; permite que un contrato incluya una etapa inicial de prueba. Entender esa diferencia ayuda a revisar salario, descuentos y documentos desde el primer pago.
¿Cuánto dura el período de prueba?
El artículo 28 del Código de Trabajo establece que en los contratos individuales puede estipularse que los primeros 30 días serán de prueba. Dentro de ese término, cualquiera de las partes puede terminar el contrato sin expresar causa.
La palabra importante es estipularse. Para evitar discusiones, la cláusula debe quedar clara en el contrato: fecha de inicio, duración, puesto, salario, jornada y lugar de trabajo. Revisa todos los elementos en la guía de contrato de trabajo en El Salvador.
¿Qué pasa al terminar los 30 días?
Si pasan los 30 días y ninguna parte comunica que quiere terminar, el contrato continúa por tiempo indefinido, salvo que las partes hayan fijado válidamente un plazo en uno de los casos permitidos por la ley.
No es necesario “volver a contratar” a la persona cada mes para que la relación continúe. Tampoco debería presentarse un nuevo período de prueba en cada renovación. El mismo artículo indica que, si antes de un año se firma otro contrato entre las mismas partes para la misma clase de labor, no puede pactarse otro período de prueba.
Derechos durante el período de prueba
El período de prueba forma parte del contrato. Por eso deben registrarse y pagarse los días efectivamente trabajados. La boleta debería mostrar el salario bruto, el período cubierto y los descuentos aplicados. Si recibes US$600 mensuales y trabajas 15 días, no se convierte en trabajo voluntario por estar “a prueba”.
También conviene comprobar desde el inicio:
- la fecha real de ingreso;
- el salario y la periodicidad de pago;
- el horario acordado;
- las cotizaciones y descuentos reportados;
- las horas extra, comisiones o bonos devengados;
- la entrega de una copia del contrato.
Usa la guía para leer una boleta de pago y verifica que el neto corresponda al bruto. Para una estimación, prueba la calculadora de salario neto.
¿Pueden despedirte sin indemnización?
Dentro de un período de prueba válidamente pactado, el artículo 28 permite terminar el contrato sin expresar causa. En ese supuesto ordinario no se trata igual que un despido injustificado posterior sujeto a la indemnización del artículo 58.
Eso no elimina el salario pendiente ni las cantidades que ya se hayan ganado. La empresa debe cerrar la planilla hasta la fecha efectiva y entregar la documentación correspondiente. Si existen discriminación, represalias, embarazo, simulación de contrato o un período repetido indebidamente, el análisis puede ser distinto y conviene solicitar orientación laboral.
Ejemplo práctico
Ana firma un contrato el 5 de agosto con salario mensual de US$700 y una cláusula de prueba de 30 días. La empresa decide terminar la relación el 24 de agosto y se lo comunica.
- La relación existió desde el 5 de agosto.
- La empresa debe calcular y pagar el salario correspondiente a los días trabajados.
- La boleta debe identificar ingresos y descuentos del período.
- La terminación ocurre dentro del plazo de prueba pactado, por lo que no se calcula automáticamente como un despido injustificado común.
Si Ana continuara trabajando después de los 30 días sin comunicación de terminación, el contrato seguiría conforme a la regla del artículo 28.
Señales de alerta
- Te piden trabajar sin salario “para demostrar capacidad”.
- No quieren entregar contrato ni comprobante de pago.
- La cláusula habla de 60 o 90 días sin explicar una fuente más favorable o aplicable.
- Reinician la prueba con contratos sucesivos para el mismo puesto.
- Te llaman “servicios profesionales”, pero imponen subordinación, horario y control como empleado.
- El salario reportado no coincide con el acordado.
Antes de firmar: guarda una copia del contrato y cualquier oferta escrita. Compara el salario prometido con el mínimo del sector y no firmes recibos en blanco.
Preguntas frecuentes
¿El período de prueba es obligatorio?
No. El Código permite pactarlo; no dice que todos los contratos deban incluirlo.
¿Pueden extender la prueba a tres meses?
La regla general del artículo 28 habla de los primeros 30 días. Si te presentan un plazo mayor, pide la base concreta y una revisión antes de aceptar.
¿Pueden ponerte otra vez a prueba?
Si se celebra un nuevo contrato antes de un año entre las mismas partes y para la misma clase de labor, el artículo 28 impide pactar otro período de prueba.
¿Debes recibir constancia al terminar?
El Código regula la constancia que el empleador debe entregar al terminar un contrato, con fechas, clase de trabajo y salario del último período. Consérvala junto con tus boletas.
Fuentes oficiales consultadas
- Ministerio de Trabajo: Código de Trabajo, artículo 28.
- Asamblea Legislativa: texto del Código de Trabajo.
Contenido revisado para 2026. No sustituye asesoría legal; contratos colectivos, regímenes públicos o circunstancias protegidas pueden requerir un análisis diferente.