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Entrada del blog Terminación laboral Actualizado: 4 de agosto de 2026

Prescripción laboral en El Salvador: plazos para reclamar

Consulta los plazos para reclamar despido, salarios, vacaciones, aguinaldo, subsidios y riesgos profesionales antes de que prescriban.

Publicado 30 de julio de 2026 Actualizado 4 de agosto de 2026 Lectura 4 min
Trabajador y asesora organizando boletas, calendario y plazos para un reclamo laboral
Plazos legales para presentar reclamos laborales en El Salvador.
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  1. Tabla rápida de plazos
  2. Despido e indemnización: 60 días
  3. Salarios y prestaciones: 180 días
  4. Riesgos profesionales: hasta dos años
  5. Cómo se interrumpe la prescripción
  6. Qué documentos reunir
  7. Ruta práctica para actuar
  8. Preguntas frecuentes
  9. ¿Tengo 180 días para reclamar un despido?
  10. ¿Los 180 días empiezan al terminar el empleo?
  11. ¿Presentar una queja interna detiene el plazo?
  12. ¿Puedo reclamar después si tengo todas las pruebas?
  13. Fuentes oficiales

Respuesta rápida: la prescripción laboral en El Salvador puede extinguir la posibilidad de reclamar si pasa el plazo. El Código establece, entre otros, 60 días para indemnización por despido, 180 días para salarios, descansos, asuetos, vacaciones y aguinaldo, y 2 años para indemnización por riesgo profesional.

Conservar evidencia no detiene el reloj. Primero identifica la fecha exacta del despido, pago omitido, accidente o nacimiento del derecho; luego busca asesoría antes de acercarte al límite.

Tabla rápida de plazos

Reclamo Plazo indicado por el Código Desde cuándo se cuenta
Indemnización por despido de hecho y acciones de terminación 60 días Desde la causa que motiva la acción.
Prestaciones por enfermedad, subsidio de accidente y maternidad 60 días Desde cuando debió cesar la prestación.
Salarios, descansos, asuetos, vacaciones y aguinaldo 180 días Desde cuando debió pagarse.
Indemnización por riesgo profesional 2 años Desde el accidente o primera constatación médica.
Otras acciones no contempladas especialmente 60 días Desde la causa que permite ejercerlas.

La tabla resume reglas generales de los artículos 610 a 616. Un reclamo puede tener hechos, leyes especiales o fechas que cambien el cómputo; no esperes al último día.

Despido e indemnización: 60 días

Las acciones relacionadas con terminación por causas legales, indemnización por despido de hecho y otros supuestos enumerados en el artículo 610 prescriben en sesenta días desde la causa.

Registra la fecha en que se comunicó o materializó el despido. Usa la calculadora de indemnización para preparar una estimación y revisa cómo se calcula el despido injustificado, pero no confundas calcular con presentar la acción.

Salarios y prestaciones: 180 días

El artículo 613 concede ciento ochenta días para reclamar salarios y prestaciones por descanso semanal, asuetos, vacaciones y aguinaldo. El conteo inicia en la fecha en que debió hacerse el pago.

Cuando existen varios períodos impagados, cada obligación puede tener una fecha de vencimiento distinta. Haz una tabla por quincena, mes o prestación.

Cuantifica sin retrasarte: usa la calculadora de salario neto para ordenar cantidades aproximadas y la guía de liquidación laboral para separar conceptos. Después confirma el monto y plazo con asesoría.

Riesgos profesionales: hasta dos años

La acción para reclamar indemnización por riesgo profesional prescribe en dos años, contados desde el accidente o desde la primera constatación médica de la enfermedad.

Este plazo no debe confundirse con los sesenta días de ciertas prestaciones o subsidios. Lee la guía de accidente laboral e ISSS y conserva reporte, atención médica, incapacidades y evidencia del lugar y hora.

Cómo se interrumpe la prescripción

El artículo 618 enumera tres causas:

  • interposición de la demanda;
  • reconocimiento expreso o tácito del derecho por quien se beneficia del plazo;
  • fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados.

No asumas que un correo informal, una reunión o cualquier consulta administrativa interrumpe automáticamente el plazo. La interrupción es un asunto jurídico que debe confirmarse con una persona profesional.

Qué documentos reunir

  1. Contrato, fecha de ingreso y cambios salariales.
  2. Boletas, depósitos y planillas.
  3. Marcaciones y calendario de días trabajados.
  4. Comunicación del despido o renuncia.
  5. Liquidaciones, promesas de pago y reconocimientos.
  6. Reportes médicos y de accidente cuando apliquen.
  7. Una cronología con fechas exactas.

Guarda originales y copias. Una conversación de mensajería debería exportarse con fecha y contexto, no conservarse únicamente como una captura aislada.

Ruta práctica para actuar

  1. Identifica el derecho y su fecha de vencimiento.
  2. Calcula de forma preliminar la cantidad.
  3. Solicita documentos o diferencias por escrito.
  4. Consulta al MTPS o a un profesional laboral.
  5. Presenta la acción adecuada antes del plazo aplicable.

Si la salida fue voluntaria, revisa además los requisitos de renuncia voluntaria. Los plazos de esa prestación especial y la forma de renunciar necesitan análisis separado.

Preguntas frecuentes

¿Tengo 180 días para reclamar un despido?

No bajo la regla general del artículo 610. La indemnización por despido de hecho aparece dentro del plazo de sesenta días.

¿Los 180 días empiezan al terminar el empleo?

Para salarios y prestaciones enumeradas, se cuentan desde la fecha en que cada pago debió efectuarse, que no siempre coincide con la terminación.

¿Presentar una queja interna detiene el plazo?

No lo presupongas. El Código menciona demanda, reconocimiento del derecho y fuerza mayor o caso fortuito comprobados. Solicita asesoría sobre tu actuación concreta.

¿Puedo reclamar después si tengo todas las pruebas?

La evidencia no elimina la prescripción. Debes actuar dentro del plazo correspondiente o confirmar legalmente una causa de interrupción.

Fuentes oficiales

Los plazos son breves y su cómputo puede ser complejo. Esta guía no sustituye asesoría legal ni confirma que una gestión específica interrumpa la prescripción.

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